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Tipo de Norma: Disposición RENAR
Número de Norma: 414/06
Emisor: RENAR
Referencia: Aprobar aranceles para tramitaciones relacionadas con pólvoras, explosivos, artificios pirotécnicos y afines.
Carácter: General
Estado: Vigente

BUENOS AIRES, 31 de octubre de 2006

VISTO la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, la Ley N° 23.979 y su marco de referencia, Ley N° 23.283, los Decretos N° 395 del 20 de febrero de 1975; 302 del 8 de febrero de 1983; 2534 de fecha 4 de diciembre de 1991; 37 del 17 de enero de 2001; 1.023 y 1.024 ambos del 9 de agosto de 2006; la Resolución del Ministerio de Defensa N° 416 del 19 de marzo de 1992 y las Disposiciones RENAR N° 99 del 4 de junio de 2004 y N° 180 de fecha 24 de julio de 2006, demás normativa de aplicación, y

CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 395 de fecha 20 de febrero de 1975 aprueba la reglamentanción de la Ley Nacional de Armas y Explosivos.
Que dicha reglamentación dispone en su Capítulo VII, Artículo 145, que el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS establecerá aranceles y tasas equitativos para atender los servicios administrativos y técnicos que de conformidad a las disposiciones de la Ley N° 20.429 y su reglamentación deba prestar.
Que el Decreto N° 302 de fecha 8 de febrero de 1983 reglamentario de la Ley N° 20.429 en lo referente a pólvoras, explosivos y afines, establece en su Capítulo XIII relativo a aranceles, tasas y multas que será de aplicación el Capítulo VII de la reglamentación aprobada por Decreto N° 395/75.
Que sancionada la Ley N° 23.979, dictado el Decreto N° 2534/91 y creado el Ente Cooperador Ley 23.979, se dictó la Resolución N° 416 del Ministerio de Defensa, de fecha 19 de marzo de 1992 que facultó al REGISTRO NACIONAL DE ARMAS a disponer las características, diseños y requisitos de validez de los Formularios LEY 23.979.
Que el Decreto N° 37 del 17 de enero de 2001, asigna al REGISTRO NACIONAL DE ARMAS el ejercicio de las atribuciones y funciones que eran propias de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, en lo referente a pólvoras, explosivos y afines.
Que los aranceles previstos para las diversas tramitaciones que se efectúan en este REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, son determinados conforme los requerimientos y complejidad de cada trámite, como asimismo en función de los costos de la operatoria registral.
Que frente a los mayores costos habidos desde la fecha en que se fijaron los valores de las tasas retributivas por los servicios prestados a las solicitudes de los Usuarios, se han verificado incrementos tanto en los valores de los bienes y servicios como en las obligaciones salariales, resultando por ende necesario adecuar también el valor de dichas tasas, teniendo presente que resultan ser fuente de los recursos que sostienen el sistema de asistencia técnica y financiera del Organismo, sin costo alguno para el Estado Nacional, implementado a partir de la sanción de la Ley N° 23.979, su marco de referencia la Ley N° 23.283 y el Decreto N° 2534/91.
Que en tal inteligencia y habiéndose analizado la complejidad de las tareas demandadas y los costos de la operatoria de registración, fiscalización y control, resulta menester incrementar el valor de las tramitaciones vinculadas a pólvoras, explosivos, artificios pirotécnicos y afines.
Que los términos para la resolución de las tramitaciones mencionadas se encuentran contemplados en la Carta Compromiso con el Ciudadano suscripta por el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS y la SECRETARIA DE GESTION PUBLICA el 20 de diciembre de 2004.
Que por el Artículo 1° de la Disposición RENAR N° 180/06 se estableció que a las solicitudes de inscripción, reinscripción, habilitación y/o rehabilitación realizadas por los Usuarios de Pólvoras, Explosivos y Afines debería agregársele un (1) formulario Ley 23.979 tipo 44 por cada instalación que utiliza para desarrollar su actividad, además de los aranceles ordenados por Disposición RENAR N° 99/04, destinado a la revisión técnica y/o inspección sobre las condiciones de seguridad de las mismas.
Que por el Artículo 2° de la Disposición RENAR N° 180/06 se estableció que a las solicitudes de verificación de importación y exportación de Pólvoras, Explosivos y Afines debería agregarse un (1) Formulario Ley 23.979 tipo 43, además de los aranceles ordenados por la Disposición RENAR N° 99/04.
Que las Coordinaciones de Pólvoras, Explosivos y Afines, de Administración y de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto por las Leyes N° 20.429 y 24.492, los Decretos N° 395/75, 302/83, 37/01, 1.023/06 y 1.024/06.

Por ello,
EL DIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébanse los aranceles para las tramitaciones relacionadas con pólvoras, explosivos, artificios pirotécnicos y afines que como ANEXO I se agregan a la presente, formando parte integrante de esta Disposición.
ARTÍCULO 2°.- Derógase el Artículo 1° de la Disposición RENAR N° 180/06 de fecha 24 de julio de 2006.
ARTICULO 3°.- Derógase el Artículo 2° de la Disposición RENAR N° 180/06 de fecha 24 de julio de 2006.
ARTICULO 4°.- Modifícanse en sus partes pertinentes aquellas Disposiciones que se opongan a la presente.
ARTICULO 5°.- La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 6°.- Comuníquese, incorpórese al Banco Nacional Informatizado de Datos RENAR, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Dr. ANDRES MATIAS MEISZNER
DIRECTOR NACIONAL - RENAR

    ANEXO I
    ARANCELES DE TRÁMITES DE PÓLVORAS, EXPLOSIVOS, PIROTECNIA Y AFINES
    CONCEPTO MONTO
    INSCRIPCIONES - REINSCRIPCIONES
    Usuario de Explosivos con polvorín tipo A, B, C ó E$ 1.100
    Usuario de Explosivos con polvorín tipo B exclusivamente$ 300
    Usuario que presta servicio de voladura ( Clase A ó Clase B)$ 1.500
    Usuario que recibe servicio de voladura $ 1.000
    Usuario de nitrocelulosa$ 1.000
    Vendedor de 1ra. de explosivos$ 1.500
    Vendedor de 2da. de explosivos$ 1.200
    Vendedor de nitrocelulosa$ 1.200
    Importador de explosivos$ 1.500
    Importador de nitrocelulosa$ 1.500
    Exportador de explosivos$ 1.500
    Exportador de nitrocelulosa$ 1.500
    Fabricante de explosivos$ 7.500
    Fabricante con instalaciones auxiliares para equipo móvil de fabricación de explosivos$ 2.500
    Tenedor de equipo móvil de fabricación de explosivos$ 2.500
    Pequeños usuarios$ 100
    Fabricante de materiales de carácter esencialmente militar$ 5.000
    Fabricante de elementos auxiliares para materiales de carácter esencialmente militar$ 4.000
    Importador de materiales de carácter esencialmente militar y/o sus componentes$ 4.000
    Exportador de materiales de carácter esencialmente militar y/o sus componentes$ 4.000
    Vendedor de materiales de carácter esencialmente militar y/o sus componentes$ 4.000
    Fabricante de pirotecnia$ 5.000
    Importador de artificios pirotécnicos$ 1.500
    Exportador de artificios pirotécnicos$ 1.500
    Vendedor mayorista de artificios pirotécnicos de venta libre con depósito propio$ 600
    Vendedor mayorista de artificios pirotécnicos de venta libre con depósito alq. ó ced.$ 1.500
    Vendedor de artificios pirotécnicos de venta controlada con depósito propio$ 2.500
    Vendedor de artificios pirotécnicos de venta controlada con depósito alq. ó ced.$ 3.500
    Empresa de espectáculos pirotécnicos hasta 4 pulgadas$ 1.200
    Empresa de espectáculos pirotécnicos hasta 16 pulgadas$ 5.000
    Usuario de explosivos que presta servicios de prospección sismográfica$ 1.500
    Importador de sustancias químicas controladas $ 2.500
    Usuario administrador de depósito fiscal$ 1.500
    HABILITACIONES - REHABILITACIONES
    Hab.Rehab.
    Fábrica de explosivos$15.000$ 7.500
    Equipo móvil de fabricación de explosivos$ 2.500$ 1.500
    Instalación auxiliar para equipo móvil de fabricación de explosivos$ 2.500$ 1.500
    Parcial de fábrica de explosivos$ 5.000-
    Depósito de nitrocelulosa$ 5.000$ 2.500
    Depósito de nitrato de amonio$ 5.000$ 2.500
    Polvorín tipo A $ 3.000$ 1.500
    Polvorín tipo B (hasta 3) $ 900$ 500
    Polvorín tipo C$ 3.000$ 1.500
    Polvorín tipo E$ 3.000$ 1.500
    Polvorín móvil para prospección sismográfica$ 600 $ 600
    Polvorín o gabinete para pólvora deportiva$ 500-
    Constancia de Aptitud Constructiva de polvorín móvil para prospección sismográfica$ 2.400-
    Fábrica de pirotecnia$10.000$ 5.000
    Parcial de fábrica de pirotecnia$ 1.500-
    Depósito de pirotecnia Clase I a III$ 5.000$ 2.500
    Certificado de Aptitud Técnica de Depósito de Pirotecnia Clase II $ 600-
    Fábrica de materiales de carácter esencialmente militar$15.000$ 7.500
    Fábrica de elementos auxiliares para materiales de carácter esencialmente militar$ 8.000$ 5.000
    Depósito de sustancias químicas controladas $ 2.500$ 1.500
    Depósito fiscal de almacenamiento temporario de explosivos en zona aeroportuaria$ 5.000$ 2.500
    IMPORTACIÓN - EXPORTACIÓN - VERIFICACIÓN
    Solicitud de autorización de importación de explosivos $ 600
    Solicitud de prórroga de autorización de importación de explosivos $ 200
    Solicitud de verificación de importación de explosivos $ 500+1% FOB
    Solicitud de autorización de exportación de explosivos $ 600
    Solicitud de prórroga de autorización de exportación de explosivos $ 200
    Solicitud de verificación de exportación de explosivos $ 600
    Solicitud de autorización de importación de pirotecnia$ 600
    Solicitud de prórroga de autorización de importación de pirotecnia$ 200
    Solicitud de verificación de importación de pirotecnia$ 500+1% FOB
    Solicitud de autorización de exportación de pirotecnia$ 600
    Solicitud de prórroga de autorización de exportación de pirotecnia$ 200
    Solicitud de verificación de exportación de pirotecnia$ 600
    REGISTRO DE PRODUCTOS
    Registro de explosivo$ 2.500
    Registro de explosivo (familia)$ 600
    Orden de ensayo de pirotecnia$ 600
    Registro de pirotecnia (familia)$ 100
    Dictamen de Registro de pirotecnia$ 400
    Registro provisorio de pirotecnia$ 400
    Prórroga de registro provisorio de pirotecnia$ 400
    Recategorización de pirotecnia$ 100
    Registro de sustancia química controlada $ 2.500
    Registro provisorio de sustancia química controlada $ 600
    Prórroga de registro provisorio de sustancia química controlada$ 600
    TRÁMITES VARIOS
    Baja por rubro inscripto$ 20
    Baja de instalación$ 100
    Cambio de domicilio$ 100
    Cambio de denominación $ 100
    Adquisición de Libro Registro de Movimientos de Explosivos$ 100
    Autorización de tránsito internacional de explosivos $ 5.000
    Autorización de tránsito internacional de pirotecnia$ 4.000
    Adquisición de libro Registro de Movimientos de pirotecnia$ 100
    Adquisición de libro Registro Oficial de análisis y ensayos$ 100
    Adquisición de libro Registro Oficial de producción diaria$ 100
    Trámite urgente$ 3.000
    Trámites especiales$ 600
    Duplicado de documentación$ 100
    Solicitud de dictámen técnico/jurídico$ 100
    Solicitud de registro de firmas y sellos$ 100
    Solicitud de inspección de instalaciones$ 400

 

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