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Tipo de Norma: Disposición RENAR
Número de Norma: 315/07
Emisor: RENAR
Referencia: APROBACION MANUAL DE ENTIDADES DE TIRO - RENAR (M.E.T).
Carácter: General
Estado: Vigente

Anexos - Manual de Entidades de Tiro (M.E.T.)

BUENOS AIRES, 17 DE AGOSTO DE 2007

VISTO lo normado por la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, las Leyes Nros. 23.979 y 24.492, los Decretos Nros. 395/75, 73/88 y 252/94, y la Disposición RENAR N° 104/99, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 73/88, transfirió al Registro Nacional de Armas las funciones asignadas a la desaparecida Dirección General de Tiro, dependiente del Comando General del Ejército.

Que con el objeto de unificar la normativa vigente, se confeccionó el Manual de Entidades de Tiro (M.E.T.), el cual fue aprobado por la Disposición RENAR N° 104/99.

Que dado el tiempo transcurrido resulta necesario efectuar una actualización del Manual de mención.

Que, en consecuencia, dicha tarea ha sido cumplida en forma mancomunada por integrantes de este Registro Nacional de Armas, junto a técnicos, tiradores, representantes de las Entidades de Tiro, autoridades de la Federación Argentina de Tiro, la Federación Argentina de Tiro al Vuelo y la Federación de Tiro Práctico de la República Argentina, convocadas al efecto, realizando así, un invalorable aporte de sus conocimientos y experiencias, tanto a nivel nacional como internacional.

Que han tomado la intervención de su competencia las Coordinaciones de Autorizaciones Especiales y de Asuntos Jurídicos de este Registro Nacional de Armas.

Que el suscripto es competente para adoptar la presente medida en virtud de lo dispuesto por las Leyes Nros. 20.429, 23.979 y 24.492 y por los Decretos Nros. 395/75, 252/94, 1023/06 y 1024/06 .

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el "Manual Entidades de Tiro RENAR (MET) - edición 2007", que como Anexo I se agrega a la presente Disposición y forma parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar el "Acta de Evaluación de Entidad de Tiro", que como Anexo II se agrega a la presente Disposición y forma parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el "Acta de Inspección para Entidades de Tiro", que como Anexo III se agrega a la presente Disposición y forma parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 4°.- Aprobar el "Acta de Certificación para Instructores de Tiro", que como Anexo IV se agrega a la presente Disposición y forma parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 5°.- Establecer en noventa (90) días corridos, contados a partir de la sanción de la presente, el plazo de entrada en vigencia de los requisitos y procedimientos incorporados al Manual referido en el artículo 1°.

ARTÍCULO 6°.- Derogar la Disposición RENAR N° 104/99 y toda otra norma administrativa dictada por el Organismo en oposición a los procedimientos establecidos en el Manual referido en el artículo 1° de la presente Disposición.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, incorpórese al Banco Nacional Informatizado de Datos RENAR y cumplido, archívese.

FIRMADO
DR. ANDRES MATIAS MEISZNER
DIRECTOR NACIONAL - RENAR

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