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Tipo de Norma: Disposición RENAR
Número de Norma: 157/07
Emisor: RENAR
Referencia: MODIFICACION VALOR DE LOS FORMULARIOS LEY 23.979 TIPO 01, 02, 04, 05 Y 06.
Carácter: General
Estado: Vigente

BUENOS AIRES, 11 DE MAYO DE 2007
    VISTO las prescripciones de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, la Ley N° 23.979 y su marco de referencia la Ley N° 23.283, la Ley N° 24.492, los Decretos Nros. 395 del 20 de febrero de 1975, 252 del 16 de febrero de 1994, 1023 y 1024 ambos del 9 de agosto de 2006, la demás normativa de aplicación, y

    CONSIDERANDO:
    Que se han incrementado los controles de seguridad y el seguimiento que se efectúa respecto de determinadas funciones asignadas al Registro Nacional de Armas en su operatoria.
    Que el Anexo l al Decreto N° 395/75 reglamentario de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 dispone en su artículo 145, la aplicación de aranceles equitativos para la atención de los servicios administrativos y técnicos que demanda el cumplimiento de la misma.
    Que para el sostenimiento del sistema de asistencia técnica y financiera implementado por la Ley N° 23.979, se requiere la adecuación del cobro de aranceles respecto de algunas de las categorías en las que se han desarrollado metodologías más complejas, en mérito a optimizar la calidad de todo el sistema registral.
    Que han tomado la debida intervención las Coordinaciones de Operaciones, de Autorizaciones Especiales, de Administración y de Asuntos Jurídicos de este Organismo.
    Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente de conformidad con las facultades que le confieren las leyes Nros. 20.429 y 24.492, los Decretos Nros. 395/75, 1023/06 y 1024/06 y demás normativa vigente.

    Por ello,
    EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
    DISPONE:

    ARTICULO 1.- Fíjase el valor del Formulario Ley 23.979 Tipo 01 en la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO ($ 45,00.-).
    ARTICULO 2.- Fíjase el valor del Formulario Ley 23.979 Tipo 02 en la suma de PESOS CINCUENTA ($ 50,00.-).
    ARTICULO 3.- Fíjase el valor del Formulario Ley 23.979 Tipo 04 en la suma de PESOS TREINTA ($ 30,00.-).
    ARTICULO 4.- Fíjase el valor del Formulario Ley 23.979 Tipo 05 en la suma de PESOS VEINTE ($ 20,00.-).
    ARTÍCULO 5.- Fíjase el valor del Formulario Ley 23.979 Tipo 06 en la suma de PESOS VEINTE ($ 20,00.-).
    ARTÍCULO 6.- Hasta tanto se distribuyan los Formularios Ley 23.979 con los nuevos importes preimpresos, se completarán los valores establecidos en la presente con estampillas o Formularios Ley 23.979, los que serán provistos oportunamente a tal fin.
    ARTÍCULO 7°.- La presente tendrá vigencia a partir del día 1 de junio de 2007.
    ARTÍCULO 8°.- Modifíquese, en lo que le es de aplicación, toda normativa dictada en oposición a la presente.
    ARTICULO 9°.- Regístrese, incorpórese al Banco Nacional Informatizado de Datos RENAR, comuníquese y una vez cumplido, archívese.

     

    DR. ANDRES MATIAS MEISZNER
    DIRECTOR NACIONAL - RENAR
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